El Estudio
Horas extras
Áreas de Práctica / Derecho Laboral
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La legislación prevé la jornada máxima laboral. Sin embargo, muchos convenios colectivos de trabajo -que regulan determinadas actividades en particular- disponen jornadas máximas inferiores a la establecida genéricamente por la ley.
Las horas trabajadas en exceso de la jornada máxima, deben ser abonadas por el empleador con los recargos correspondientes (50% o 100%, según el caso).
En caso de falta de pago de las mismas, el trabajador puede perseguir su cobro, realizando el reclamo correspondiente.