Intermediación fraudulenta
Se trata de situaciones en las cuales el verdadero empleador no registra el vínculo con el trabajador, y en su lugar lo hace una empresa de servicios eventuales o de otro tipo.
Esto deriva, muchas veces, en que al trabajador se lo encuadre en un convenio colectivo de trabajo incorrecto, lo que en general redunda en el pago de una remuneración inferior a la correspondiente.
En estos casos, además de perseguir el cobro de las diferencias salariales que pudieran existir, al trabajador le asiste el derecho de requerir al empleador real la registración de la relación y, ante la negativa por parte del mismo, a considerarse despedido por culpa de aquel, y reclamar tanto las indemnizaciones correspondientes a esta modalidad de extinción, como las multas que la legislación contempla para este tipo de situaciones.