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Pagos Clandestinos (“en negro”)

Áreas de Práctica / Derecho Laboral
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Pagos Clandestinos (“en negro”)

En estos casos, si bien la relación se encuentra registrada ante los organismos pertinentes, y el empleador extiende duplicados de recibos de haberes, los mismos reflejan un salario inferior al que el trabajador efectivamente percibe, es decir, que este último recibe parte de su remuneración en forma clandestina o “en negro”, lo que torna a la registración deficiente o irregular.

Al igual que en el caso de las relaciones no registradas, el trabajador se encuentra habilitado a requerir a su empleador el correcto registro del vínculo (“blanqueo”). Ante la negativa por parte del empleador, el trabajador puede considerarse despedido por culpa de aquel, y reclamar no solo las indemnizaciones correspondientes a esta modalidad de extinción, sino también, las multas que la ley prevé para este tipo de situaciones.

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